Maternidad elegida, Corte despenaliza aborto en México
Todas las mujeres podrán acceder a abortos seguros y gratuitos en instituciones federales de salud, ya que con una mayoría de votos la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha despenalizado el aborto en México en el Código Penal Federal
Ante ello, instituciones como el IMSS, ISSSTE, Pemex y cualquier institución nivel federal tendrá que garantizar el acceso a este servicio en sus sedes. Las mujeres que busquen abortar ahora podrán hacerlo de manera segura y sin ser criminalizadas.
¿Es un derecho?
La Corte señaló a través de un comunicado que el sistema jurídico que regula el aborto en el Código Penal Federal es inconstitucional. Por ser contrario al derecho a decidir de las mujeres y de las personas con capacidades gestar.
“Las disposiciones penales que criminalizan de manera absoluta el derecho a decidir sobre la interrupción del embarazo son contrarias a los derechos a la dignidad humana, a la autonomía reproductiva y libre desarrollo de la personalidad, el derecho a la salud y el derecho de igualdad y no discriminación”, señala la Corte en el comunicado.
¿Cómo comenzó todo?
Esto luego de que organizaciones de la sociedad civil encabezaran una estrategia jurídica, en la cual presentaron amparos para eliminar el delito de aborto autoprocurado y consentido en todos los códigos penales. A causa de que criminaliza el aborto y al personal médico que lo práctica; y vulnera los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la salud, a la igualdad y no discriminación y a la autonomía reproductiva.
Uno de los primeros logros del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), la organización que presentó el amparo, fue la sentencia sobre la inconstitucionalidad del delito de aborto en el Código Penal de Coahuila resuelta por unanimidad por la Suprema en septiembre de 2021.
El Juez de Distrito consideró ilegítima la petición presentada por GIRE. Sin embargo, al leer el recurso de revisión de la asociación donde declara que los amparos tienen relación directa con su objeto social, analizó si el aborto voluntario era un delito. Así, la Primera Sala concluyó que no lo es y las normas al respecto son inconstitucionales al anular por completo el derecho a decidir.
¿La criminalización del aborto es violencia?
Según la Corte, “la criminalización del aborto constituye un acto de violencia y discriminación por razón de género, ya que perpetúa el estereotipo de que las mujeres y las personas gestantes sólo pueden ejercer libremente su sexualidad para procrear y refuerza el rol de género que impone la maternidad como un destino obligatorio“.
La Corte también consideró que una mujer víctima de una violación sexual decida abortar y sea criminalizada por ello, le genera un profundo daño y sufrimiento. En vista de que extiende los efectos del delito; y las obliga a mantener un embarazo no deseado –producto de un hecho traumático—. Lo que constituye una forma de tortura y malos tratos.
Además, la Primera Sala determinó que el requisito de autorización de la interrupción del embarazo por parte de otro médico atenta contra los derechos de la persona embarazada. Debido a que obstaculiza de forma excesiva el acceso efectivo y sin dilaciones a un aborto por motivos de salud.
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