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Publican Reglamento de Ley de Economía Circular en CDMX

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Publican Reglamento de Ley de Economía Circular en CDMX



El 26 de octubre de 2023 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Reglamento de Ley de Economía Circular de la Ciudad de México

De acuerdo con Jorge Calderas, gerente de Economía Circular y Acción Climática, la Ley prevé cuatro instrumentos de política pública. La evaluación de la circularidad, distintivo de circularidad, programa de economía circular y el sistema de información pública de economía circular.

Además de incentivos fiscales a las MIPyMES, compras públicas circulares y mercados de productos circulares.

De ahí que el reglamento impacta en grandes empresas que distribuyen o comercializan en el territorio de la ciudad de México, pues se realiza una evaluación de su circularidad.

¿Qué es evaluación de la circularidad?

Según el Reglamento de Ley de Economía circular, es un procedimiento a través del cual las empresas interesadas se someten a evaluación de manera voluntaria. Particularmente los procesos, productos y servicios que desarrollan, distribuyen o comercializan en el territorio de la Ciudad de México. Con la finalidad de conocer el grado de cumplimiento con relación a los Criterios de Circularidad, indica Calderas.

Dicha Evaluación la llevará a cabo el Comité Interinstitucional de Evaluación de Circularidad (art.5 del Reglamento), conforme a lo previsto en su Acuerdo de Creación del Comité y los Lineamientos que al efecto se emitan, así como los principios y enfoques de diseño dispuestos en la Ley (art. 8 de la Ley).

¿Qué necesitan las empresas para acceder a la evaluación?

Conforme a los lineamientos, las pequeñas y medianas empresas, así como las grandes empresas deberán presentar un formato de solicitud; los permisos, autorizaciones, licencias, registros y requisitos administrativos de competencia local obligatorios conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y que sean requeridos; y finalmente el Manifiesto de Circularidad.

Las empresas interesadas que se hayan sometido a la Evaluación de Circularidad y cuenten con los niveles de cumplimiento que para tal efecto se establezcan, podrán hacer uso del Distintivo de Circularidad, colocándolo de manera visible en los procesos, productos y servicios evaluados, previa autorización de la autoridad correspondiente (arts. 23, 24 y 25).

Lee aquí el reglamento.

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